Acoso escolar e institucional (Pincha en la imagen)

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ACOSO ESCOLAR E INSTITUCIONAL (Pincha en la imagen)

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viernes, 30 de agosto de 2013

Formulario para Acoso Escolar Cibernético – Bullying

 

Mediante la creación de grupos y publicaciones en el muro de Facebook, subir videos en You Tube, crear blogs con wordpress, video juegos online, chatear con Messenger, mediante sms de telefónos celulares o cualquier medio de difusión pública de Internet, uno o varios menores, en forma deliberada y continua, difaman, denigran, burlan, asustan, y agreden a otro menor.

Como consecuencia directa, el menor comienza a sufrir profundos trastornos psicofísicos, que de no ser advertidos a tiempo, traen graves trastornos de conducta y alteran el desarrollo y maduración, afectando por sobre todo su relación con los otros y su felicidad por la exclusión social de la víctima.

Que pasos hacer para reclamar la Protección del Acoso Cibernético Escolar

Protección Familiar:

  • Hablar con el menor, recabando datos de los agresores, los medios que están empleando, y resguardar la información, mediante copias o solicitando ayuda técnica.
  • Asegurar al menor que el acoso va a cesar, ayudar a dar fortaleza emocional, y buscar rápidamente apoyo psicoterapéutico.
  • Contactar a los padres de los agresores, para solicitar su inmediata intervención.

Protección Escolar:

  • Normas de Convivencia y Reglamentos de los colegios:

Aunque la actividad de Internet es ajena a los colegios, los casos de acoso o bullying en general son propios de los grupos escolares. Los padres, maestros y compañeros de la víctima, deben tomar intervención activa para proteger y parar el acoso. Se debe instrumentar severas sanciones, que van desde suspensiones y expulsiones, con la correspondiente denuncia a los juzgados de menores. Y por sobre todo, no se debe tapar, esconder, ni minimizar para proteger la reputación del colegio.

Protección Judicial:

  • Juzgados de Menores:

Cualquier persona ante el conocimiento de acoso a menores, debe comunicar el hecho al Juzgado de Menores, para que el mismo con su intervención proteja al menor.

  • Juzgados Penales:

Cuando la actividad de los acosadores, dañan o pueden dañar tanto la integridad psíquica o física, mediante abuso sexual, riñas, o de cualquier manera, esto configura un delito penal, que debe ser investigado, mediante la simple comunicación a la Policía o al Juzgado en turno.

Protección de las Asociaciones de Defensa al Consumidor:
  • Las asociaciones de consumidores reciben denuncias por acoso escolar cibernético o ciberbullying, para la defensa del consumidor ante los proveedores y facilitadores de los medios para su concreción. No dude en comunicarse con nosotros. SIEMPRE.

Protección Empresarial:

  • Facebook, You Tube, Messenger, o cualquier otro proveedor de Internet, son empresas comerciales de medios de comunicación, que tienen responsabilidad por lo que publican o ayudan a publicar, cuando lo mismo puede o genera un daño a un menor, no dude en reclamar su inmediata intervención o solicitar la ayuda judicial.

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Medidas Preventivas:

Los padres deben compenetrarse en las nuevas tecnologías. Los programas traen especiales configuración para poder ser monitorear los sitios que navegan los menores. Use la tecnología. Pida asesoramiento.

Los padres deben hablar con sus hijos sobre los peligros que existen en internet. Se debe hacer saber las consecuencias graves y negativas de ser agresor, mediante el bullying o ciberbullying.

Siempre mantener canales permanentes de diálogo con sus hijos, para poder escuchar y orientarlo. Buscar ejemplos reales que ayuden a identificarse con el sufrimiento de las víctimas de la agresión.

Fuente:

http://www.protectora.org.ar/

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